El fallo judicial de la juez Segundo Público de la Niñez y Adolescencia de La Paz, Jacqueline Rada, sobre el supuesto hijo que tuvieron el presidente Evo Morales y Gabriela Zapata fue revelado este miércoles de manera inextensa y en el mismo se declara improbada la demanda del Jefe de Estado por presunta violencia psicológica, debido a la “inexistencia física comprobada del niño”.
“Luego de la valoración de las pruebas en aplicación plena de la Constitución Política del Estado (…) y la Convención sobre Derechos del Niño (…) falla declarando improbada la demanda de fojas 17 al 19 de obrados por inexistencia física comprobada del niño; acción interpuesta por los apoderados del ciudadano Juan Evo Morales Ayma en contra de la ciudadana Gabriela Zapata Montaño”, dice la resolución firmada por la juez Rada.
El documento también señala que se evidenció que no hay registros que acrediten y confirmen la existencia física del “sujeto de protección”, que en este caso es el supuesto hijo de la pareja.
Esta “duda razonable e incertidumbre (sobre su existencia del menor) fue generada por la propia demandada Gabriela Zapata Montaño (después de que) presentó cuatro fotografías impresas de diferentes niños de diferente edad que no guardan ninguna relación de parecido físico ni edad con el niño que fue presentado al equipo y a la suscrita juez”, sostiene la resolución.
Asimismo, la juez recuerda en el fallo que se dispuso la realización de la prueba de ADN en el marco de este proceso sobre presunta violencia psicológica, sin embargo, la misma no se cumplió por parte de la demandada ni en el niño presentado “por lo que la norma no se activa para otorgar la protección integral e inmediata”. (ANF)
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